Estamos a las puertas del mes de Agosto, y eso significa que con casi toda seguridad parte de nuestra plantilla se va de vacaciones, y muy especialmente los departamentos de administración de las empresas, sea cual sea su actividad. Por ello, si sois una entidad jurídica, y estas suscritos al sistema de notificaciones de la Agencia Tributaria, os queremos recordar como evitar que Hacienda nos pueda notificar en nuestro periodo vacacional y nos haga salir corriendo de nuestra playa o piscina preferida.

Con la llegada del sistema de notificaciones electrónicas, Hacienda no requiere de un envío certificado en papel que nos deba de entregar un cartero o funcionario publico para comunicarnos requerimientos, embargos o cualquier otro asunto relacionado con esta administración. Con ello le ponemos a la Agencia Tributaria la posibilidad de realizar estas notificaciones durante las 24 horas del día y 365 días del año, lo que dicho sea de paso, facilita enormemente la labor recaudatoria a  consta de una mayor carga administrativa para el contribuyente, y en consecuencia su asesoría.

No obstante, la administración prevé un máximo de 30 días al año durante los cuales no nos podrán realizar estas notificaciones. Con ello podremos fijar un periodo en el que gozar de cierta tranquilidad a este respecto ya que quedaremos “exentos” de recibir comunicaciones en nuestra Dirección Electrónica Habilitada(DEH) durante los días seleccionados.

Los días de “cortesía” – así los llama la propia Agencia Tributaria – pueden ser seleccionados de manera individual o por periodos, de manera que dispondremos de hasta un mes completo sin recibir notificaciones, o bien fijar un calendario de días sueltos durante todo el año.

Para solicitarlos, se ha de acceder a la pagina que la Agencia Tributaria tiene a tal efecto, con vuestro certificado digital y seleccionar los días de cortesía.

Si precisáis ampliar información al respecto, no dudéis en poneros en contacto con nosotros en www.beltranasesores.com/contacto