¿Qué es la tarifa plana para autónomos?

Es una bonificación para autónomos/emprendedores de nueva alta o que llevan sin estar registrados en el RETA en los últimos 2 años, 3 si has solicitado esta bonificación para autónomos con anterioridad y que beneficia de una rebaja en la cuantía a pagar en la cuota de autónomos.
Con la publicación en el BOE de la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo quedan fijadas el cómputo total de modificaciones en la normativa que regula la cotización y seguros sociales de los trabajadores inscritos al RETA, entre ellas la tan famosa conocida “tarifa plana de 50€”.
Las novedades que llegan con esta nueva normativa son varias, pero en este artículos vamos a centrarnos en la que más nos demandan (como funciona la “nueva tarifa plana”):

¿Cuándo entra en vigor la ampliación a los 12 meses?

Hasta Enero de 2018 no la tendríamos operativa, de manera que coincida con los presupuestos generales.

¿En que consiste exactamente esta “tarifa plana”?

Consiste en una bonificación limitada en el tiempo y que se asigna por tramos en las cuotas de autónomo, o lo que es lo mismo, una rebaja porcentual en la seguridad social.

Requisitos para acceder a esta bonificación en 2017

No haber estado dado de alta como autónomo en los 5 años anteriores (aunque está sometido a autorización de la SS). Esta condición en 2018 se reducirá solo a 2 años y a 3 años si ya te habías beneficiado de la bonificación para autónomos.
– No ser administrador de una sociedad, ya que tienes que pagar la cuantía que se establece para estos casos.
– No ser autónomo colaborador, ya que esto goza de sus propias bonificaciones y no se pueden acumular.
– No tener deuda en Seguridad Social ni Hacienda.

Vale, ¿Pero cuánto se paga?

– Los primeros 6 meses 50€
– 7-12 meses 137.50€
– 13-18 meses 192.50€
– 19-30 meses 192.50€

¿Y que diferencia en cuantía tendremos a partir de 2018 con respecto a 2017?

En primer lugar, el primer tramo se ampliaría hasta los 12 meses, los próximos 6 meses 137.50€ y los siguientes 6 meses a 192.50€

No obstante lo anterior, os dejamos un enlace al BOE donde se detalla en profundidad condicionantes y requisitos además de presentar toda la partida de medidas al completo.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-12207

No dudéis en poneros en contacto con nosotros para ampliar información y comentarnos casos particulares y conocer las demás medidas nuevas que se adoptarán a partir de Enero