¿Qué pasa con los falsos autónomos y la economía colaborativa?

Si eres de los que has leído que dos grandes empresas han sido condenadas por contratar falsos autónomos en su plantilla, ¡evita que te pase eso!. Recuerda que si el trabajo realizado por el autónomo cumple con los requisitos de una relación laboral, éste sería un falso autónomo. A continuación te detallamos un poco más el asunto para que no caigas en la trampa.

 

Relación Laboral.

Aunque un “empleado” este dado de alta en el RETA, su relación laboral será considerada de falso autónomo si existe dependencia y ajenidad, es decir, si quien organiza, dirige y asumen los riesgos y beneficios es la empresa en cuestión.

Las consecuencias de que un trabajador se considere falso autónomo pueden ser:
– Podrían reclamar su condición de fijo.
– Las diferencias salariales del último año respecto al convenio.
– Vacaciones atrasadas.
– Una indemnización por despido improcedente.

 

Cautelas previas.

Si quieres recurrir a autónomos para tener mayor flexibilidad, ahorrarte costes… asegúrate de que la relación mercantil es totalmente lícita y de que no se considera un falso autónomo.
Por ejemplo, antes de recurrir a uno directamente, busca varios candidatos y verifica si alguno de ellos tiene transporte propio, web, maquinaria, etc. Además consulta con tu asesor cuáles son las claves para considerar a un trabajador falso autónomo o que diferencia un TRADE de un autónomo.
En el contrato, cuando se formalice (porque es necesario formalizar un contrato y no solo expedir facturas), refleja los servicios, tarifas pactadas, etc. (No incluyas menciones que puedan dar a entender que eres tú quien organiza su trabajo).

 

Durante la relación.

Una vez el autónomo comience a trabajar contigo, adopta las precauciones necesarias para evitar indicios de laboralidad:
– Acredita que él se organiza su propio trabajo, según sus criterios. Por ejemplo, cita con él una reunión cada X días (que quede reflejada a ser posible) donde se hable del trabajo y déjale libertad para desarrollarlo.

– El autónomo tiene que decidir libremente sus horarios, permisos y vacaciones sin
requerir autorizaciones previas.

– Él debe ser quien asuma los riesgos de su actividad y los gastos.

 

Todas estas pinceladas son fundamentales para no caer en la trampa del falso autónomo. No obstante lo anterior, si quieres ampliar bien esta información, ajustarla a tu caso en particular o deseas conocer la diferencia entre autónomo, TRADE y falso autónomo, no dudes en contactar con nosotros.